jueves, 31 de mayo de 2012
PROYECTO DE MEDIO AMBIENTE PRAE
INSTITUTO EL GRAN SABER
“POR LA PRACTICA VIVENCIAL DE LOS VALORES COMO FUNDAMENTO DE VIDA”
CIENCIAS NATURALES
PLAN DE ESTUDIOS Y DESARROLLO CURRICULAR
LIC. ELIANA ARDILA - LIC .JHON SÁNCHEZ
EL CUIDADO DEL ENTORNO ES UN COMPROMISO DE TODOS
“Solo después de que el último árbol sea cortado.
Solo después de que el último río sea envenenado.
Solo después de que el último pez sea apresado
Solo entonces sabrás que el dinero no se puede comer”
Profecía india
INTEGRANTES
Jhon Sánchez
Eliana Ardila
SITUACIÓN AMBIENTAL DE LA LOCALIDAD DE BOSA
PROBLEMA CENTRAL
Bosa es uno de los sectores más deprimidos de la ciudad, por su rápido crecimiento y por la insuficiencia de los mecanismos de atención a la problemática del sector, los habitantes se quejan de las inadecuadas vías, la contaminación de los ríos Tunjuelito y Bogotá y la contaminación atmosférica causada por las fábricas de la zona industrial como por los vehículos que transitan por la Autopista Sur.
SUELOS • Construcciones en zonas inundables de ronda de río
• Crecimiento urbanístico real por fuera del perímetro de servicios
AGUAS • Humedal de Tibánica en conflicto por el interés de los urbanizadores de convertirlo en barrio
• Invasión de chucuas y pantanos ubicados en las zonas bajas cercanas a la desembocadura del río Tunjuelito
AIRE Aire afectado por residuos gaseosos, humo y cenizas de las industrias y vehículos en espacial en la zona de la Autopista del Sur
ESPACIO PUBLICO Invasión por vehículos y comercio formal e informal
MALLA VERDE • Cuenta con 18 parques de barrio
• A lo largo del río Bogotá se encuentran potreros de kikuyo en su mayor parte, con cercas en línea de eucaliptos, pinos, cipreses, acacias y urapanes
DESECHOS SOLIDOS • Hay disposición en las avenidas y rondas de los ríos
POTENCIALES AMBIENTALES • La localidad ha mostrado una vitalidad casi única en la ciudad de Santafé de Bogotá. Desde comienzos de siglo las instituciones educativas y religiosas mas tradicionales vieron en Bosa un lugar apto para la consolidación de centros educativos
PROBLEMÁTICA DE LA LOCALIDAD DE BOSA
1. Problemas de conservación de suelos
- Erosión e inestabilidad de tierras. La Localidad no presenta problemas significativos de erosión ni de inestabilidad de tierras, por cuanto la topografía del terreno es plana.
- Afectación del suelo por disposición inadecuada de basuras. En algunos barrios de la Zona 9 es extremadamente deficiente la cobertura del servicio de recolección de basuras, ocasionando la habilitación de ciertas zonas como botaderos ilegales de basuras, siendo uno de los más críticos el que está localizado en la margen izquierda del río Tunjuelito, a la altura de la estructura del Control No. 3.
Se contrataron, en la intersección del río Tunjuelito con la Autopista Sur, botaderos de basura y depósitos de chatarra, así como desechos de materiales y de pavimento. A lo largo de la Avenida del Apogeo se encuentran basureros, y la zona posterior a la empresa Carboquímica, junto al cementerio el Apogeo, se lanzan desechos industriales.
Se ha creado un problema con las basuras traídas de CORABASTOS por los parceleros, quienes las usan para abonar sus huertas y como alimento de animales domésticos. Estos desechos que son en su mayoría vegetales, se mezclan directamente con la tierra, sin ningún tratamiento anterior, fomentando la producción de malos olores en el proceso de descomposición, así como incrementando la incidencia de enfermedades vírales, y la presencia de zancudos y roedores.
2. Invasión del espacio público. Existe ocupación de las franjas reservadas para el Plan Vial, factor que puede obstaculizar su realización, tal como ocurre en los trazados de las Avenidas Ciudad de Cali (barrios: Amarli, Villa Clemencia y Bosa Linda), Avenida Cundinamarca (barrios: Brasil, Cabana, y Libertad) y Avenida Bosa (barrios: El Diamante y Holanda).
Las vías de acceso hacia zonas densamente pobladas se han convertido en centros de actividad social y comercial, lo que genera ocupación del espacio público, congestión vehicular y peligro e incomodidad para los peatones y para los usuarios de los sistemas colectivos de transporte. Se tipifica esta situación en la Transversal 11 de Bosa, en la cual se concentran terminales de transporte y mercado público sin cierre de vías.
En la Autopista Sur, frente al acceso del barrio Olarte, se han ubicado casetas de venta de comestibles sobre los andenes e incluso sobre la vía. En el barrio La Portada, sobre las zonas verdes, se han localizado torres de alta tensión, al igual que en la avendia 87.
3. Problemas de conservación de aguas
3.1 Contaminación de corrientes de agua. Los desechos líquidos domésticos e industriales son vertidos directamente al río Tunjuelito (vertimiento de desechos industriales de Carboquímica), o al sistema de alcantarillado de la ciudad, el que a su vez vierte el río sus aguas.
Además se presentan problemas por el lanzamiento de basuras en el río Tunjuelito. Es el caso de la zona aledaña al cementerio "Jardín el Apogeo", donde se genera un problema con las flores marchitas que son lanzadas al río y a sus orillas, ocasionando contaminación y malos olores por su descomposición.
En el río se registra un significativo aumento en las cargas de DBO, DQO, Nitrógeno, sólidos y coliformes totales, asociados con los aportes de agua residual doméstica en mayor proporción en las últimas estaciones.
Es interesante anotar que la carga máxima de coliformes en el río, en la estación Puente Bosa, es apenas mayor que la de la quebrada Chiguaza. El fenómeno no es un fuerte indicio de la presencia de material tóxico en el agua del río.
El aumento en las concentraciones de Cadmio, Cromo y Mercurio es mucho mayor que en el tramo anterior existiendo dos posibles explicaciones: que las concentraciones no se hayan detectado en la estación El Cóndor debido a las horas en que se realizó el muestro y/o que la industria asentada en la zona llega a aportar estas grandes cantidades.
Entre Puente Bosa y la Isla (después de la desembocadura del río Tunjuelito en el Bogotá), se reducen todas las cargas debido seguramente al depósito de materia orgánica en suspensión en el remanso generado en la compuerta de La Hacienda.
Toda la contaminación que comporta el río Tunjuelito, se descarga en el río Bogotá, en su desembocadura.
La evacuación de aguas lluvias y aguas negras se realiza de forma combinada por los vallados existentes, los cuales La evacuación de aguas lluvias y aguas negras se realiza de forma combinada por los vallados existentes, los cuales están influenciados por los niveles del río Tunjuelito. Como se trata de una zona baja, esta influencia se da prácticamente todo el año, provocando que los vallados sirvan más como canales retenedores de las aguas que como conductos evacuadores, originando problemas ambientales de origen físico, químico y bacteriológico por el largo período en que permanecen las aguas allí (descomposición de la metería orgánica).
El aporte cada vez mayor de aguas negras a estos canales poco profundos y mal conformados, está generando problemas de contaminación, que se agravan cuando ocurren desbordamientos y los habitantes entran en contacto directo con las aguas.
3.2 Contaminación e invasión de chuchas y pantanos. Ubicadas en las zonas bajas cercanas a la desembocadura del río Tunjuelito, se han convertido en vertederos de aguas negras y de basuras, no solo creando focos insalubres, sino, también desaprovechando estos elementos de drenaje natural con su potencial funcional y ambiental.
El pantano de Potro Grande ha sido objeto de relleno, con materiales de construcción y desechos de vías para la formación de los desarrollo denominados Manzanares y la Primavera.
3.3 Invasión de rondas. La ocupación de la ronda del río Tunjuelito, indispensable para el control de crecientes en la zona, se presenta en los barrios San Bernardino, Islandia, Montecarlo, La Independencia y Nuestra Señora de la Paz. Se han encontrado 59 viviendas, con una población de 318 habitantes.
Los embalses de amortiguación dispuestos a lo largo del río están siendo sometidos a un proceso de invasión y relleno, acompañado del debilitamiento de los jarillones en algunos sectores. De continuar dicho proceso los embalses no podrán cumplir su función de control de crecientes.
Uno de los conflictos más preocupantes entre los planes de desarrollo y el crecimiento urbanístico real que se presenta en la Localidad, es la ocupación de terrenos por fuera del perímetro de servicios, por cuanto dicha zona está sujeta a inundaciones periódicas por el río Bogotá, poniendo en peligro la integridad física de más de 50.000 personas.
3.4 Inundaciones. Los problemas ambientales por inundación se presentan en los asentamientos ubicados a menos de 20 m del jarillón de los ríos Bogotá (OPES), actualmente en la Localidad 7 están expuestas 43.547 personas en 24 barrios, cubriendo un área de 104.52 Has. Se presentan otros índices de poblaciones expuestas, que difieren de las OPES.
4. PROBLEMAS DE CONSERVACIÓN DE LOS RECURSOS ATMOSFÉRICOS
4.1 Contaminación del aire por partículas y gases. La contaminación atmosférica es alta en donde se concentran las industrias manufactureras, ya que los efluentes gaseosos son vertidos directamente al aire, al parecer sin mucho control, con emisión de humos y cenizas. Esta situación, aparte de generar contaminación, produce malos olores que molestan ostensiblemente a los pobladores vecinos.
Incluso en zonas pobladas, como en los alrededores de centro de salud de Bosa, se exceden los límites de las normas, allí se han registrado promedios anuales, entre 1979 y 1980, de 79 ug/m3, mientras que la norma establece máximos de 77 ug/m3.
Existen en la zona dos estaciones de monitoreo de aire, de la red del Ministerio de Salud ubicadas en la intersección de la avenida Boyacá con Autopista Sur, una y la otra en el centro de salud.
Esta condición de contaminación atmosférica, unida a la presencia de partículas suspendidas provenientes del tráfico vehicular por vías no pavimentadas, es causante de afecciones respiratorias, particularmente agudas dentro de la población infantil (menores de 14 años) y senil (mayores de 60 años), constituyéndose en la segunda causa de mortalidad en infantes de hasta 4 años.
4.2 Contaminación por ruido. Las actividades comerciales en si mismas no producen niveles de ruido ambiental muy alto, aunque en el interior de centros comerciales, almacenes y tiendas se pueden registrar valores entre los 75 y 90 dB, como consecuencia del funcionamiento de equipos de sonido, parlantes y actividad misma de la gente. Sin embargo, las zonas comerciales atraen un volumen importante de tráfico automotor por la movilización de las personas hacia ellos. De acuerdo con la reglamentación vigente para el país en esta materia (Res 08321/83) existen unos niveles permisibles de ruido en las ciudades de acuerdo con: tipo de zona receptora según su principal actividad desarrollada. Estos valores se sitúan entre 45 dB para las áreas consideradas de tranquilidad, y 75 dB para las zonas de actividad industrial.
Hasta el momento no se ha hecho un diagnóstico real de la situación por el ruido ambiental de Bogotá. Un intento lo realizaron García y Romero en la "Evaluación y diagnóstico de los niveles de ruido ambiental en algunos sitios de Bogotá".
Algunas de las zonas y sitios seleccionados para el estudio fueron:
Zonas Industriales:
o Autopista sur entre avenida Boyacá y Dg.5 Bosa
o Autop. Sur - Cll 13 Bosa
o Cra. 12 - Cll 13 Bosa
La Autopista Sur, vía alrededor de la cual funciona la mayoría de industrias entre las que figuran alimentos, gaseosas, grasas, metalmecánica y madera, presenta grandes congestiones en el tránsito entre la Av. Boyacá y la entrada al barrio Madelena debido a lo angosto de sus carriles y al excesivo tráfico incrementado por el transporte intermunicipal de carga y pasajeros, lo que a su vez genera mayores niveles de ruido.
Los intervalos de valores de ruido ambiental más frecuentes son:
o Zona residencial 65 a 70 dB
o Zona industrial 70 a 75 dB
o Zona comercial 75 a 80 dB
Los niveles más bajos en esta zona ocurren en el sector de Bosa donde los niveles equivalentes están cercanos a la norma (73 a 79 dB), pero considerando la gran actividad residencial que existe específicamente en este sector se considera excesivo, allí se presenta contaminación auditiva por la presencia de anunciadores con megáfono y ventas de discos con parlantes ubicados hacia las vías.
4.3 Contaminación visual. En la intersección de la Autopista Sur con la Avenida el Apogeo, se encuentra dispuesta una industria artesanal de producción de carbón vegetal con grandes cantidades de desechos de madera apilados junto a materiales de construcción dando un aspecto desagradable a la zona. En los barrios Manzanares, La Primavera y otros se presentan cables y torres de energía eléctrica en forma desordenada, que además crea peligros para los habitantes.
En la Localidad, se han instalado las antenas transmisoras de las emisoras RCN, Mil Veinte, Voz de Colombia, Horizonte, Nueva Granada, Monserrate y Melodía, que constituyen contaminación visual dada su altura y ubicación.
La disposición inadecuada de basuras en zonas públicas, deteriora ostensiblemente el paisaje urbano en la Localidad, aun cuando estos depósitos no son permanentes.
5. PROBLEMAS DE CONSERVACION DE LOS RECURSOS ECOLOGICOS
5.1 Vegetación. En la zona urbana es muy baja en biodiversidad, está limitada básicamente a las arborizaciones de parques y avenida. Las zonas verdes son realmente escasas. En el cementerio "Jardines el Apogeo" se encuentra la única zona verde con árboles en la Localidad.
En las laderas del sector occidental, de clima seco, la vegetación es muy pobre y se compone solo de rastrojos bajos y pajonales ralos. A lo largo del Río Bogotá se encuentran potreros de Kikuyo en su mayor parte, con cercas en línea de Eucaliptos, Pinos, Cipreses, Acacias y Urapanes principalmente. Raras veces se aprecian especies nativas. Sin embargo, se observan especies tales como el Aliso, el Sauce y el Urapán en las riberas de los ríos o en los talveques húmedos.
5.2 Deterioro de la malla verde. En la Localidad de Bosa, únicamente el 7.9% del área de los barrios ha sido cedida por los urbanizadores para su destinación al uso comunitario, ya sea como áreas verdverdes recreativas, ya como áreas de equipamiento comunal, porcentaje significativamente menor al establecido por las normas (17 al 25%, según densidad de población).
En promedio las áreas verdes de uso público constituyen el 7.8% en tanto que las áreas de equipamiento comunal llegan al 2.9%. Los asentamientos de origen clandestino y alta densidad, representan áreas críticas, en las que no se cuenta con áreas verdes ni comunales. Hay, sin embargo excepciones, como en el caso de los barrios Humberto Valencia y Grancolombiano, de origen clandestino, que ofrecen áreas de uso comunitario para un sector significativo de la Localidad.
SINTESIS AMBIENTAL
En la Localidad 7, se presentan los siguientes problemas, presentados en el orden en que revisten la mayor problemática ambiental.
o Alto riesgo de inundación, debido al asentamiento de pobladores en zonas de bajo nivel, respecto de los ríos. Incrementando por deficiencias en la prestación del servicio de alcantarillado, lo que genera en épocas invernales reversión de las aguas negras de alcantarillas y vallados. La población expuesta llega aproximadamente a 50.000 personas.
o Contaminación por vertimientos líquidos a los ríos Tunjuelito y Bogotá, por parte de las industrias localizadas cerca al perímetro y las descargas de aguas servidas; como consecuencia de la inexistencia de redes separadas de alcantarillado pluvial y sanitario.
o Contaminación atmosférica, de origen industrial, a lo largo de la Autopista Sur, por el tráfico vehicular en la misma y el centro de la Localidad. En la parte sur las vías sin pavimentar generan gran cantidad de partículas en el aire. También se han convertido en fuentes de contaminación, las industrias informales de producción de carbón vegetal.
o Deficiente disposición de basuras, por negligencia de lala población y regular cobertura del servicio de recolección.
o Inexistencia de áreas verdes y de recreación adecuada, así como deficiente mantenimiento de las existentes.
o Invasión de las rondas, tanto del río Tunjuelito como en el río Bogotá, siendo, más crítica en el primero en donde se han asentado alrededor de 320 habitantes, en 59 viviendas.
Tomado de “identificación y análisis de futuro de las actividades económicas de la localidad de Bosa 2010” MAURICIO CHACÓN QUINTERO
MARCO LEGAL
• Política Nacional de Educación Ambiental. Ministerio del Medio Ambiente. Ministerio de Educación Nacional. Bogotá, julio de 2002. Este texto proporciona el marco conceptual y metodológico que ubica las acciones en materia de Educación Ambiental y formula estrategias que permiten incorporar la Educación Ambiental como eje transversal en los planes y programas del sector ambiental y educativo.
• Acuerdo 166 de 2005. Por medio del cual se crea el comité ambiental escolar en los colegios públicos y privados de Bogotá y se dictan otras disposiciones. Concejo de Bogotá.
ACUERDO 166 DE 2005 (SEPTIEMBRE 23)
"Por medio del cual se crea el comité ambiental escolar en los colegios públicos y privados de Bogotá y se dictan otras disposiciones"
EL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C., en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, especialmente las contempladas en el artículo 80 de la Constitución Nacional y las Conferencias de la ONU, de Estocolmo y Río de Janeiro ratificadas por Colombia y en el Decreto Ley 1421 de 1993,
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO.- Crease el Comité Ambiental en cada institución educativa pública y privada del Distrito Capital, como órgano asesor en materia ambiental del Gobierno Escolar, en el marco del Proyecto Educativo Institucional PEI.
PARÁGRAFO: El Comité Ambiental Escolar será organizado por el Consejo Directivo en cada institución educativa, a través de sistemas de selección democráticos, participativos y equitativos garantizando el acceso voluntario de estudiantes, docentes y padres de familia.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Tendrán calidad de vigías ambientales escolares, un estudiante designado por curso. Hará parte del Comité Ambiental Escolar, el estudiante delegado por grado, escogido entre los vigías ambientales escolares. Los vigías ambientales, actuarán como veedores ambientales al interior de la institución educativa y como dinamizadores de la política nacional, distrital y local de educación ambiental, de acuerdo a las funciones asignadas al Comité Ambiental.
ARTÍCULO TERCERO.- Funciones del Comité Ambiental Escolar
1. Asesorar al Gobierno Escolar, con el fin de fortalecer la dimensión ambiental al interior de la iinstitución educativa.
2. Liderar la formulación, implementación, seguimiento y evaluación del Proyecto Ambiental Escolar (PRAE) y realizar la gestión necesaria para el desarrollo del mismo.
3. Adelantar proyectos y programas que apunten a la preservación y mejoramiento ambiental en el marco del Proyecto Ambiental Escolar (PRAE.)
4. Proponer programas y proyectos para el desarrollo del servicio social obligatorio en materia ambiental, de los estudiantes de educación media vocacional (grados 10 y 11).
5. Generar espacios pedagógicos educativos para crear y fortalecer valores ambientales, sociales y culturales, así como fortalecer la importancia del cuidado y mejoramiento del ambiente de acuerdo con el calendario ambiental.
6. Promover el derecho a un ambiente sano en el marco del desarrollo de la Cátedra de Derechos Humanos.
7. Promover la formulación e implementación de los Planes Integrales de Gestión Ambiental (PIGA) en las Instituciones Educativas.
ARTÍCULO CUARTO.- Las funciones del Comité Ambiental Escolar se desarrollarán de acuerdo con las directrices del CIDEA DISTRITAL (Comité Interinstitucional de Educación Ambiental) y los Comités Locales creados en el Acuerdo 23 de 1993, a través del Gobierno Escolar de cada institución educativa.
ARTÍCULO QUINTO.- Las actividades desarrolladas por los estudiantes de los grados décimos y once que participen en los programas y proyectos de que trata el numeral 4, artículo 3 de este acuerdo, tendrán efectos para el servicio social obligatorio.
ARTÍCULO SEXTO.- La conformación del Comité Ambiental Escolar no implica ningún tipo de erogación, ni asignación adicional de cargos.
ARTÍCULO SEPTIMO.- El presente acuerdo, rige a partir de la fecha de su publicación.
• Decreto 1743 del 3 de agosto de 1994. “Por el cual se instituye el Proyecto de Educación Ambiental para todos los niveles de educación formal, se fijan criterios para la promoción de la educación ambiental no formal e informal y se establecen los mecanismos de coordinación entre el Ministerio de Educación Nacional y el Ministerio del Medio Ambiente”.
DECRETO 1743 DE 1994 (agosto 3)
Por el cual se instituye el Proyecto de Educación Ambiental para todos los niveles de educación formal, se fijan criterios para la promoción de la educación ambiental no formal e informal y se establecen los mecanismos de coordinación entre el Ministerio de Educación Nacional y el Ministerio del Medio Ambiente. El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial de las conferidas por el artículo 189 ordinal 11 de la Constitución Política, y considerando:
Que la Ley 99 de 1993 entrega una función conjunta a los Ministerios del Medio Ambiente y de Educación Nacional, en lo relativo al desarrollo y ejecución de planes, programas y proyectos de educación ambiental que hacen parte del servicio público educativo;
Que el artículo 5 de la Ley 115 de 1994, se consagra como uno de los fines de la educación, la adquisición de una conciencia para la conservación, protección y mejoramiento del medio ambiente, de la calidad de vida, del uso racional de los recursos naturales, de la prevención de desastres, dentro de una cultura ecológica y del riesgo y la defensa del patrimonio cultural de la Nación, y
Que de acuerdo con lo dispuesto en la misma Ley 115 de 1994, la estructura del servicio público educativo está organizada para formar al educando en la protección, preservación y aprovechamiento de las condiciones humanas y del ambiente,
DECRETA:
CAPÍTULO I
Del proyecto ambiental escolar
Artículo 1º.- Institucionalización. A partir del mes de enero de 1995, de acuerdo con los lineamientos curriculares que defina el Ministerio de Educación Nacional y atendiendo la Política Nacional de Educación Ambiental, todos los establecimientos de educación formal del país, tanto oficiales como privados, en sus distintos niveles de preescolar, básica y media, incluirán dentro de sus proyectos educativos institucionales, proyectos ambientales, escolares, en el marco de diagnósticos ambientales, locales, regionales y/o nacionales, con miras a coadyuvar a la resolución de problemas ambientales específicos.
En lo que tiene que ver con la educación ambiental de las comunidades étnicas, ésta deberá hacerse teniendo en cuenta el respecto por sus características culturales, sociales y naturales y atendiendo a sus propias tradiciones.
Artículo 2º.- Principios rectores. La educación ambiental deberá tener en cuenta los principios de interculturalidad, formación en valores, regionalización, de interdisciplina y participación y formación para la democracia, la gestión y la resolución de problemas. Debe estar presente en todos los componentes del currículo.
A partir de los proyectos ambientales escolares, las instituciones de educación formal deberán asegurar que a lo largo del proceso educativo, los estudiantes y la comunidad educativa en general, alcancen los objetivos previstos en las Leyes 99 de 1993 y 115 de 1994 y en el proyecto educativo institucional.
Artículo 3º.- Responsabilidad de la comunidad educativa. Los estudiantes, los padres de familia, los docentes y la comunidad educativa en general, tienen una responsabilidad compartida en el diseño y desarrollo del Proyecto Ambiental Escolar. Esta responsabilidad se ejercerá a través de los distintos órganos del Gobierno Escolar. Además los establecimientos educativos coordinarán sus acciones y buscarán asesoría y apoyo en las instituciones de educación superior y en otros organismos públicos y privados ubicados en la localidad o región.
CAPÍTULO II
Instrumentos para el desarrollo del proyecto ambiental escolar
Artículo 4º.- Asesoría y apoyo institucional. Mediante directivas u otros actos administrativos semejantes, el Ministerio de Educación Nacional conjuntamente con el Ministerio del Medio Ambiente, definirán las orientaciones para que las secretarías de educación de las entidades territoriales, presten asesoría y den el apoyo necesario en la coordinación y control de ejecución de los proyectos ambientales escolares en los establecimientos educativos de su jurisdicción y en la organización de los equipos de trabajo para tales efectos.
Así mismo los Ministerios y Secretarías mencionadas recopilarán las diferentes experiencias e investigaciones sobre educación ambiental que se vayan realizando y difundirán los resultados de las más significativas.
Para impulsar el proceso inicial de los proyectos ambientales escolares de los establecimientos educativos, los Ministerios de Educación Nacional y del Medio Ambiente impartirán las directivas de base en un período no mayor de doce (12) meses, contados a partir de la vigencia del presente Decreto.
Artículo 5º.- Formación de docentes. Los Ministerios de Educación Nacional y del Medio Ambiente, conjuntamente con las secretarías de educación de las entidades territoriales, asesorarán el diseño y la ejecución de planes y programas de formación continuada de docentes en servicios y demás agentes formadores para el adecuado desarrollo de los proyectos ambientales escolares.
Igualmente las facultades de educación, atendiendo a los requisitos de creación y funcionamiento de los programas académicos de pregrado y postgrado incorporarán contenidos y práctica pedagógicas relacionadas con la dimensión ambiental, para la capacitación de los educadores en la orientación de los proyectos ambientales escolares y la Educación Ambiental, sin menoscabo de su autonomía.
Artículo 6º.- Evaluación permanente. La evaluación de los proyectos ambientales escolares se efectuará periódicamente, por lo menos una vez al año, por los consejos directivos de los establecimientos educativos y por las respectivas secretarías de educación, con la participación de la comunidad educativa y las organizaciones e instituciones vinculadas al proyecto, según los criterios elaborados por el Ministerio de Educación Nacional y del Medio Ambiente, a través de las directivas y mediante el Sistema Nacional de Evaluación.
La evaluación tendrá en cuenta, entre otros aspectos, el impacto del Proyecto Ambiental Escolar en la calidad de vida y en la solución de los problemas relacionados con el diagnóstico ambiental de la localidad, con el fin de adecuarlo a las necesidades y a las metas previstas.
Artículo 7º.- Servicio social obligatorio. Los alumnos de educación media de los establecimientos de educación formal, estatales y privados, podrán prestar el servicio social obligatorio previsto en los artículos 66 y 97 de la Ley 115 de 1994, en educación ambiental participando directamente en los proyectos ambientales escolares, apoyando la formación o consolidación de grupos ecológicos escolares para la resolución de problemas ambientales específicos o participando en actividades comunitarias de educación ecológica o ambiental. Ver Artículo 39 Decreto Nacional 1860 de 1994
Artículo 8º.- Servicio militar obligatorio en educación ambiental. Según lo dispone el artículo 102 de la Ley 99 de 1993, un 20% de los bachilleres seleccionados para prestar el servicio militar obligatorio, deberán hacerlo en servicio ambiental.
De dicho porcentaje, un 30% como mínimo prestará su servicio de educación ambiental. Los bachilleres restantes lo prestarán en las funciones de organización comunitaria para la gestión ambiental y en la prevención, control y vigilancia sobre el uso del medio ambiente y recursos naturales.
Para prestar el servicio militar obligatorio en la educación ambiental, los bachilleres que así lo manifiesten deberán acreditar una de las siguientes condiciones:
1. Haber participado en un proyecto Ambiental Escolar.
2. Haber prestado el servicio social obligatorio en Educación Ambiental.
3. Haber integrado o participado en grupos ecológicos o ambientales, o
4. Haber obtenido el título de bachiller con énfasis en agropecuaria, ecología, medio ambiente, ciencias naturales o afines o acreditar estudios de igual naturaleza. Para prestar el servicio militar obligatorio en servicio ambiental distinto al de educación ambiental, los Ministerios de Educación Nacional y del Medio Ambiente, conjuntamente con las secretarías de educación de la jurisdicción respectiva, coordinarán con los distritos militares donde se realiza la selección, programas de capacitación en estrategias para la resolución de problemas ambientales, de acuerdo con los lineamientos de la Política Nacional de Educación Ambiental.
Parágrafo.- La duración y las características específicas de la prestación del servicio militar obligatorio en servicio ambiental, serán fijadas de acuerdo con el artículo 13 de la Ley 48 de 1993.
CAPÍTULO III
Relaciones Interinstitucionales e Intersectoriales
Artículo 9º.- Participación en el Sistema Nacional Ambiental. El Ministerio de Educación Nacional hace parte del Sistema Nacional Ambiental. Participará conjuntamente con las demás instituciones gubernamentales, no gubernamentales y privadas que hacen parte del Sistema, en la puesta en marcha de todas las actividades que tengan que ver con la educación ambiental, especialmente en las relacionadas con educación formal, en los términos en que lo estipulan la Política Nacional de Educación Ambiental y este Decreto.
Artículo 10º.- Estrategias de divulgación y promoción. El Ministerio de Educación Nacional adoptará conjuntamente con el Ministerio del Medio Ambiente, estrategias de divulgación y promoción relacionadas con la educación ambiental, para la protección y aprovechamiento de los recursos naturales y la participación ciudadana y comunitaria, tanto en lo referente a la educación formal, como en la no formal e informal.
Artículo 11º.- Comité Técnico Interinstitucional de Educación Ambiental. El Consejo Nacional Ambiental creará y organizará un Comité Técnico Interinstitucional de Educación Ambiental, integrado por funcionarios especialistas en educación ambiental, representantes de las mismas instituciones y organismos que hacen parte del Consejo, que tendrá como función general la función general la coordinación y el seguimiento a los proyectos específicos de educación ambiental. El Comité Técnico tendrá una secretaría ejecutiva que será ejercida por el funcionario que represente al Ministerio de Educación Nacional.
Artículo 12º.- Participación territorial. Las secretarías de educación departamentales, distritales y municipales, harán parte de los consejos ambientales de las entidades territoriales que se creen en la respectiva jurisdicción, según lo estipulado en la Ley 99 de 1993.
Los consejos ambientales de las entidades territoriales crearán un Comité Técnico Interinstitucional de Educación Ambiental. Los Centros Experimentales Pilotos CEP ejercerán la secretaría ejecutiva de dichos comités.
En estos comités participará, además el más alto directivo de la unidad educación ambiental de la Corporación Autónoma Regional respectiva y funcionarios especialistas en educación ambiental de las otras instituciones u organizaciones que hagan parte de ellos.
La función principal de los comités técnicos de educación ambiental de las entidades territoriales, será la de coordinar las acciones intersectoriales e interinstitucionales en este campo, a nivel territorial.
Artículo 13º.- Relaciones con las Juntas de Educación. El Consejo Nacional Ambiental mantendrá una comunicación permanente con la Junta Nacional de Educación, con el fin de coordinar la formulación de políticas y reglamentaciones de relacionadas con la educación ambiental.
De igual manera, los consejos ambientales de las entidades territoriales mantendrá una comunicación permanente con las juntas departamentales de educación, con las juntas distritales de educación y las juntas municipales de educación, según sea el caso, para verificar el desarrollo de las políticas nacionales, regionales o locales en materia de educación ambiental.
Artículo 14º.- Avances en materia ambiental. El Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales, Ideam, mantendrá informado al Ministerio de Educación Nacional y las secretaría de educación de las entidades territoriales, sobre los avances técnicos en materia ambiental, para que sean incorporados a los lineamientos curriculares y sirvan para la asesoría y diseño del currículo y del plan de estudios de los establecimiento educativos.
Artículo 15º.- Asesoría y coordinación en el área de educación ambiental. Las corporaciones autónomas regionales y los organismos que hagan sus veces en los grandes centro urbanos, prestarán asesoría en las secretarías de educación departamentales, municipales y distritales en materia de ambiente para la fijación de lineamientos para desarrollo curricular del área de educación ambiental, en los establecimientos de educación formal de su jurisdicción.
La ejecución de programas de educación ambiental no formal por parte de la corporación autónoma regional, podrá ser efectuada a través de los establecimientos educativos que presten este servicio. En general, las secretarías de educación de las entidades territoriales coordinarán las políticas y acciones en educación ambiental que propongan las entidades gubernamentales de su jurisdicción.
Artículo 16º.- Sistema de información ambiental. Las secretarías de educación de las entidades territoriales harán parte de los sistemas de información ambiental que se creen a nivel nacional, regional o local, con el fin de informar y ser informadas de los avances en materia ambiental y específicamente en materia de educación ambiental.
Artículo 17º.- Ejecución de la Política Nacional de Educación Ambiental. Los departamentos, los distritos, los municipios, los territorios indígenas y las comunidades campesinas, promoverán y desarrollarán con arreglo a sus necesidades y características particulares, planes, programas y proyectos, en armonía con la Política Nacional de Educación Ambiental adopta conjuntamente por el Ministerio de Educación Nacional y el Ministerio del Medio Ambiente.
Artículo 18º.- Financiación de proyectos. Todos los proyectos de educación ambiental de carácter formal, no formal o informal que sean remitidos al Fondo Nacional Ambiental, Fonam para su financiación y cofinanciación deberán ir acompañados del concepto técnico y de viabilidad del Ministerio de Educación Nacional, cuando se trate de proyectos nacionales, o de la Secretaría de Educación o del organismo que haga sus veces, de la respectiva entidad territorial en donde se vayan a ejecutar dichos proyectos.
El Ministerio de Educación Nacional y la secretaría de educación coordinarán el otorgamiento de los conceptos con las unidades de carácter nacional o regional que el
Ministerio del Medio Ambiente designe para tal efecto.
En todo caso los conceptos deberán emitirse en un plazo no mayor de treinta (30) días, contados a partir de la fecha de su radicación.
El procedimiento antes indicado se aplicará también para los proyectos de educación ambiental que se presenten a la aprobación y financiamiento del Fondo Ambiental de la Amazonía.
Artículo 19º.- Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a 3 de agosto de 1994.
PROYECTO “ECOAMBIENTAL”
PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA
El desconocimiento de una cultura ambiental al interior de la comunidad local y por consiguiente de la comunidad educativa causa serios problemas al medio ambiente. El manejo inapropiado de los residuos sólidos, el uso irracional del agua, la contaminación sonora, son apenas algunos problemas que han sido detectados pero que debido a la falta de una correcta planeación ambiental no han sido solucionados. Es necesario involucrar a toda la comunidad relacionada con la INTITUTO EL GRAN SABER en la identificación, determinación y solución del los principales problemas ambientales inherentes a la institución, el barrio y la localidad. El proyecto busca entonces crear una cultura ecológica, que colabore con la formación de ciudadanos que comprendan, perciban y solucionen los problemas ambientales de su entorno.
JUSTIFICACIÓN
Actualmente la comunidad desconoce los conceptos básicos sobre el cuidado del medio ambiente y la ausencia de una cultura ambiental contribuye a empeorar la situación medioambiental. Por este motivo el proyecto eco-ambiental quiere contribuir en la búsqueda de estrategias y en la toma de acciones concretas que ayuden a mejorar la calidad de vida. Para ello es de vital importancia comprender que la educación ambiental es un proceso integral, que a partir del conocimiento reflexivo y crítico de la realidad social, política, económica y cultural, le permite al individuo comprender las relaciones de interdependencia con su entorno, para que con la apropiación de una realidad concreta, se puedan generar en él y en su comunidad, actitudes de valoración y respeto por el medio ambiente. Por esta razón el proyecto ambiental debe concebirse, estructurarse y desarrollarse como un proceso de aprendizaje continuo que pueda construirse en contextos diferentes tales como la comunidad educativa, la comunidad en general y el sector empresarial, por lo que cualquier actuación en educación ambiental debe abordarse considerando los diferentes puntos de vista y sopesando los distintos factores que influyen en los conflictos, sin olvidar los aspectos sociales, culturales y económicos, así como los valores y sentimientos.
OBJETIVO GENERAL
Desarrollar y ejecutar una propuesta, sencilla y económica en Educación Ambiental, para lograr una mejor calidad de vida, construir un espacio agradable en donde podamos convivir y lograr una sana coexistencia al interior y fuera de la institución.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
• Transmitir a la población directamente involucrada los conocimientos y técnicas necesarios para implementar los cuidados de la naturaleza.
• Valorar y conservar los recursos ambientales propios de la localidad.
• Identificar y cumplir normas en cuanto al aseo y adecuado manejo de residuos sólidos.
• Fortalecer el reciclaje de residuos sólidos, estimulando la creatividad y el espíritu micro-empresarial en los estudiantes y demás estamentos de la comunidad.
LOCALIZACION
El instituto el gran saber se encuentra en la localidad 7 Barrio Bosa Amistad Calle 65 H # 78 B -20/28 Sur.
METODOLOGÍA
El proyecto se desarrolla dentro de una metodología de Investigación, acción y participación. Los ejes fundamentales sobre los que se erige la propuesta del proyecto eco-ambiental son:
• EDUCACIÓN AMBIENTAL
• RECICLAJE
• AGRICULTURA URBANA
ACTIVIDADES
EDUCACIÓN AMBIENTAL
• Organización de Comité Ecológico y Líderes ambientales.
• Capacitación de líderes para animar y dirigir las actividades del Proyecto Ambiental.
• Diseño y elaboración de boletines y/o folletos, cartillas especializado en medio ambiente
• Cuidado del ambiente de la institución.
• Salidas ecológicas
RECICLAJE
• Control de aseo con participación de todas las directivas y docentes.
• Recolección de materiales reciclables, clasificación y venta en centro de acopio cercano a la institución perteneciente al proyecto de estudiantes de grado 11
• Talleres de elaboración de papel con material reciclable (colaboración del los estudiantes de grado 11 de acuerdo a su monografía ) Talleres sobre hidroponía , y lombricultura (colaboración del los estudiantes de grado 9 de acuerdo a su monografía )
AGRICULTURA URBANA
La Agricultura Urbana es la práctica agrícola que se realiza en espacios de habitación urbana con el acondicionamiento de áreas productivas en zonas blandas y duras que, utilizando el potencial local en conjunto con los avances científicos, tecnológicos y conocimientos tradicionales que promueven la sostenibilidad ambiental, tiene la finalidad de generar productos alimenticios que pueden ser utilizados para el autoconsumo o la comercialización. Esta práctica permite la construcción de ciudadanía activa responsable con el ambiente y con la salud de la propia comunidad.
El proyecto eco-ambiental percibe el programa de agricultura urbana como una alternativa ambiental y de seguridad alimentaria y nutrición. Por esta razón el propósito de la implementación del proyecto con la asesoría del Jardín Botánico José Celestino Mutis, es el de fomentar la participación tanto de la comunidad estudiantil como de aquellas personas relacionadas con la institución.
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